En Veracruz, deudores alimentarios no podrán tramitar licencia de conducir
La Secretaría de Seguridad Pública (SSP) del estado anunció que a partir de este mes entrará en vigor una nueva disposición que impedirá a los deudores alimentarios tramitar su licencia de conducir.
La medida se sustenta en el artículo 135 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y busca garantizar el cumplimiento de las obligaciones familiares, colocando en el centro la protección de los derechos de la infancia.
Nuevo requisito obligatorio
La SSP informó que, para realizar el trámite de licencias de manejo, será necesario presentar el certificado del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA).
Este documento puede obtenerse de manera gratuita en la página oficial https://rnoa.dif.gob.mx, y deberá considerarse como un requisito más dentro del proceso administrativo.
“Por disposición oficial, para realizar tu trámite de licencia de conducir deberás entregar el Certificado de No. de Inscripción al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias. ¡Considera que éste es un requisito más para que puedas obtener tu licencia!”, señaló la dependencia en redes sociales.
La medida se aplicará en todos los módulos de expedición de licencias del estado y será obligatoria para quienes deseen renovar o solicitar por primera vez el documento.

